Sección 504, el Acta para
Americanos con Discapacidad,
y la Reforma Educacional
Al implementar las iniciativas de la reforma educacional, las escuelas públicas y sistemas escolares tienen que adherirse a la Sección 504 del Acta de Rehabilitación de 1973 (Sección 504) y Título II del Acta para Americanos con Discapacidad (ADA) que prohibe la discriminación en base a discapacidad. Sección 504 prohibe que los que reciben fondos federales discriminen en base a discapacidad. Título II de ADA prohibe la discriminación en base a la discapacidad en servicios de gobiernos estatales y locales por entidades gubernamentales estatales y locales, tanto si ellos reciben o no fondos federales. Esto incluyen distritos de escuelas públicas. Virtualmente todos los sistemas escolares públicos reciben fondos federales, y la educación pública es un servicio del gobierno. Ambos estatutos requieren que los distritos escolares provean una educación pública gratuita y apropiada para los alumnos con discapacidad protejidos bajo estas leyes.
Las iniciativas para la reforma educacional, por supuesto, varían de estado a estado, y a veces de comunidad a comunidad. Hay un tipo de iniciativa, sin embargo, que es común a través del país. Este enfoque, conocido como reforma educacional “basada en normas”, tiene cuatro componentes básicos. Primero, las normas son establecidas de acuerdo a lo que los alumnos deben saber y puedan hacer en varios cursos. Segundo, el currículo es diseñado y guiado por las normas. Tercero, basándose en el currículo, los maestros diseñan cursos individuales y estrategias instruccionales, incluyendo los materiales y métodos que mejor convienen a los alumnos. Cuarto, los alumnos son evaluados en diferentes puntos de su carrera escolar para determinar cuán bien las escuelas les permiten cumplir con las normas. Los resultados de aquellas evaluaciones son usados entonces para hacer responsables a las escuelas de cuán bien están educando a sus alumnos.
La teoría detrás de la reforma educacional basada en normas es que por medio de establecer normas altas, modelar el currículo e instrucción para cumplir con ellas, y mantener las escuelas responsables de cuán bien los alumnos cumplen con las normas, la calidad educacional aumentará para todos los alumnos. Este Resumen Informativo de PEER examina cómo la Sección 504 y ADA deben trabajar para asegurar que los alumnos con discapacidad disfruten de los beneficios de estas reformas, y la educación de calidad que tratan de lograr. Comienza con una discusión de conceptos claves bajo Sección 504 y ADA (y las regulaciones federales que implementan estas leyes), y luego aplica estos conceptos a los componentes básicos de la reforma educacional basada en normas: (1) normas; (2) currículo; (3) cursos individuales, estrategias instruccionales, y materiales; y (4) evaluación para la responsabilidad de las escuela.
Conceptos Claves bajo Sección 504 y ADA
1. Beneficios y Servicios Comparables
Sección 504 y Título II de ADA son amplios estatutos para los derechos civiles diseñados para promocionar acceso equitativo y la participación en programas y servicios. Las regulaciones que implementan estas leyes requieren que los alumnos con discapacidad reciban beneficios y servicios comparables a aquellos proporcionados a sus compañeros sin discapacidad. Específicamente, estas leyes hacen ilegal que las escuelas discriminen en base a discapacidad por medio de –
? negar a un alumno la oportunidad de participar en o beneficiarse de un beneficio o servicio,
? proporcionar la oportunidad de participar o beneficiarse de aquello que es desigual a aquello proporcionado a otros alumnos,
? proporcionar un beneficio o servicio que no es tan efectivo como aquel proporcionado a otros alumnos,
? proporcionar beneficios, servicios o programas de menor calidad que aquellos proporcionados a otros alumnos, o
? proporcionar beneficios o servicios diferentes o separados, a menos que sea necesario proporcionar beneficios o servicios que son tan efectivos como aquellos proporcionados a otros alumnos.
Para que los beneficios o servicios proporcionados sean “igualmente efectivos,” éstos tienen que proporcionar a los alumnos con discapacidad igualdad de oportunidad para obtener el mismo resultado, ganar el mismo beneficio, o alcanzar el mismo nivel de logro que los otros alumnos.
Las regulaciones de Sección 504 requieren que los sistemas escolares que estén recibiendo fondos federales provean una educación pública gratuita y apropiada a niños con discapacidad de acuerdo con los requisitos de la Sección 504 en cuanto a un ambiente menos restrictivo, ubicación y evaluación, y procedimiento de defensa. FAPE (educación pública gratuita y apropriada) bajo Sección 504 significa que la educación proporcionada a los alumnos con discapacidad tienen que cumplir con las necesidades de esos alumnos tan adecuadamente como son cumplidas las necesidades de los otros alumnos.
2. Criterios y Métodos de Administración
Es ilegal bajo las regulaciones de Sección 504 y ADA que los
sistemas escolares usen políticas y prácticas que intencionalmente
o no, resulten en discriminación. Las regulaciones para
Sección 504 y ADA usan el término “criterios y métodos
de administración.” “Criterios” son políticas escritas
o formales; “métodos de administración” son las prácticas
y procedimientos actuales del sistema escolar. La prohibición
sobre políticas, prácticas y procedimientos discriminatorios
incluye aquellos que:
? Tienen el efecto de discriminar contra alumnos con discapacidad,
o
? Tienen el efecto de derrotar o impedir el logro de los objetivos del programa educacional (o iniciativa para la reforma escolar) en cuanto a alumnos con discapacidad.
3. Acomodaciones Razonables
Cumpliendo con las responsabilidades para los alumnos con discapacidad bajo la Sección 504 y Título II de ADA, los sistemas escolares tienen que hacer acomodaciones y modificaciones para abordar las necesidades de los alumnos con discapacidad. Hacer acomodaciones y modificaciones significa cambiar la manera en la cual usualmente se hacen las cosas para tomar en cuenta las necesidades del niño relacionadas a su discapacidad. Ejemplos de acomodaciones y modificaciones incluyen la modificación de reglas, políticas o prácticas; remover barreras arquitectónicas o de la comunicación; o proporcionar ayudas, servicios, o asistencia tecnológica.
4. Máxima Integración Factible
Bajo Sección 504, los niños con discapacidad tienen que ser educados con sus compañeros sin discapacidad “en la extensión máxima apropiada,” y “remoción …del ambiente educacional regular” ocurre “sólo cuando la naturaleza o severidad de la discapacidad es tal que la educación en clases regulares con el uso de ayudas y servicios suplementarios no puede ser lograda satisfactoriamente.” Similarmente, las regulaciones de ADA proporcionan que una entidad pública, tal como un sistema escolar, “deberá administrar servicios, programas, y actividades en el ambiente más integrado apropiado a las necesidades de indivíduos con discapacidad calificados.” Las escuelas tienen la obligación de demostrar que cualquier remoción de la educación regular es apropiada.
Conceptos Claves Legales y la Reforma Educacional Basada en Normas
Usando las Normas como Estrategia para la Reforma
La reforma educacional basada en normas trata de lograr resultados educacionales
de alta calidad por medio de identificar los resultados de aprendizaje
deseados para los alumnos, modelando el currículo e instrucción
para lograr estos resultados, y manteniendo las escuelas responsables por
los resultados. Si un estado o sistema escolar adopta normas para
la educación general, entonces los alumnos con discapacidad tienen
el derecho a una educación basada en estas mismas normas.
La falta de aplicar normas a los alumnos con discapacidad es la falta de
proporcionar “beneficios y servicios comparables.” Las escuelas violan
las regulaciones de la Sección 504 y ADA cuando a los alumnos con
discapacidad se les niega los beneficios de las normas de la reforma educacional.
Enlazando el Currículo, Cursos, y Estrategias Instruccionales a las Normas Establecidas para Todos los Alumnos
Las normas de la reforma educacional basada en normas definen algunos de los resultados de una educación de calidad. El currículo es entonces diseñado para reflejar las normas y proporcionar aquella educación de calidad. La meta de la reforma educacional es de asegurar que todos los alumnos aprendan el currículo que refleja las normas. Por lo tanto, los alumnos con discapacidad, como todos los demás niños, tienen que ser proporcionados con cursos e instrucción que enseñan el currículo. De otra manera, a ellos les serán negados los beneficios y servicios comparables, en violación de Sección 504 y ADA. Para algunos alumnos, el método de enseñar parte o todo el currículo puede necesitar ser modificado, quizás como una acomodación razonable, o como una ayuda o servicio suplementario necesario para la participación máxima factible del alumno en la educación regular. Para un pequeño número de alumnos que tienen discapacidad significativa, puede ser necesario modificar, adoptar, o expandir el currículo o instrucción para proporcionar acceso a las normas. Estas decisiones tienen que ser tomadas en base individual, y ser basadas en evaluaciones educacionales válidas y competentes.
Además, es también discriminatorio que los sistemas escolares adopten “criterios o métodos de administración” (políticas y prácticas) que limitan oportunidades para que los alumnos con discapacidad aprendan las normas. Para evitar tal discriminación, los sistemas escolares tienen que identificar y examinar cualquier política o práctica que pueda tener el efecto de limitar el acceso del alumno a los cursos e instrucción necesarios para aprender el currículo y cumplir con las normas. Dependiendo de las circunstancias, cualquier número de políticas y prácticas podrían tener este efecto. Ejemplos incluyen la falta de coordinación (en términos de programación y contenido) entre programas para sacar alumnos, tales como salas de recursos, y el currículo académico de la educación regular; proporcionando un currículo diluido en programas y clases separados para los alumnos con discapacidad; y la falta de integrar los apoyos de educación especial y servicios relacionados en las salas de clases de la educación regular.
Usando la Evaluación para Responsabilizar a la Escuela
La evaluación es la clave para asegurar que iniciativas de la reforma escolar proporcionen una educación de calidad. El propósito de estas evaluaciones, a menudo llamadas “evaluaciones a gran escala,” es de juntar información que demuestra si las escuelas están enseñando las normas exitosamente a los alumnos. Esta información es entonces usada para identificar las debilidades en las escuelas y para hacer los mejoramientos necesarios. La evaluación es la manera en que la reforma educacional basada en normas mantiene las escuelas responsables del aprendizaje y logros de los alumnos.
Históricamente, los alumnos con discapacidad han sido excluídos en grandes números de tales evaluaciones. Como resultado, información sobre los logros de estos alumnos a menudo falta cuando la efectividad de los programas y servicios escolares son evaluados y decisiones son tomadas sobre las iniciativas de políticas y reforma. Con la exclusión de la evaluación, las escuelas no son responsables de la calidad de la educación que reciben los alumnos con discapacidad. A estos alumnos les es negado el beneficio de este aspecto crítico de la reforma educacional basada en normas en violación del requisito para proporcionar beneficios y servicios comparables bajo Sección 504 y ADA.
Estas leyes de los derechos civiles no sólo requieren que los alumnos con discapacidad tomen parte en estas evaluaciones de responsabilidad, sino que reciban cualquier acomodación razonable necesaria para que participen.
Para muchos alumnos, su participación en la evaluación no requeriran ningún cambio en la manera en que sea proporcionada la evaluación. Otros alumnos requeriran acomodaciones tales como tiempo extra para la evaluación o materiales en un formato diferente (por ejemplo, materiales escritos en Braille, o un lector) para participar. Un pequeño número de alumnos puede requerir un tipo de evaluación diferente (una “evaluación alternativa”) para demostrar su conocimiento y destrezas de una manera no discriminatoria. Por ejemplo, algunos alumnos podrían necesitar una prueba “práctica” usando modelos en lugar de una prueba de lápiz y papel para demostrar su comprensión de geometría, y algunos alumnos podrían requerir una evaluación de cartera.
El Proyecto de PEER agradece la contribución de los abogados de Center for Law and Education en la preparación de este Resumen Informativo. El proyecto PEER confió mucho en su trabajo y análisis legal.
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Esta publicación ha sido revisada y aprobada por el Departamento
de Educación de los Estados Unidos, Oficina de Educación
Especial y Servicios de Rehabilitación (OSERS). El financiamiento
de esta publicación fue proporcionado por la Oficina de Programas
de Educación Especial, OSERS, Departamento de Educación de
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y la Reforma Educacional
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